Descarga el informe completo aquí o debajo

El presente informe surge de la investigación llevada a cabo en Colombia entre febrero y mayo del 2014 por Colnodo, en el marco del proyecto entre siete países que lleva adelante la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC) Basta de violencia: derechos de las mujeres y seguridad en línea.

En el plano de lo formal, Colombia ha tenido un avance importante en los últimos años en el reconocimiento de las violencias contra las mujeres como una violación a los derechos humanos y como un problema que debe ser abordado por la sociedad y el Estado de manera prioritaria. Se destacan en este punto las principales normas y políticas públicas que, en alguna medida, hacen referencia a la problemática específica de las violencias contra las mujeres relacionada con la tecnología o que proveen un marco general de actuación en esta materia.

La Ley de violencia y discriminación provee un marco legal amplio para el abordaje de las violencias contra las mujeres que, si bien no contiene previsiones específicas en relación a la violencia contra las mujeres ejercida a través de las TIC, provee un marco general de actuación estatal, así como una serie de derechos de las víctimas, que puede ser utilizado como referente para la prevención y atención a este tipo de violencia.

Por su parte, el Código Penal incluyó un capítulo sobre delitos informáticos que busca proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos y creó, entre otros, los delitos de acceso abusivo a un sistema informático, interceptación de datos informáticos, violación de datos personales y de suplantación de sitios web para capturar datos personales. Las penas por estos delitos se agravan, entre otros, cuando se aprovecha la confianza depositada por el poseedor de la información y cuando se revela o da a conocer la información en perjuicio de otro/a.

La aplicación combinada de estos dos marcos normativos puede ser utilizada efectivamente para atender estas formas de violencia contra las mujeres. Lo cierto es que no formalizar la interacción entre ambos marcos normativos tiene sus riesgos. Si bien la última ley mencionada es lo suficientemente amplia para abarcar el espacio virtual, el hecho de que la violencia relacionada con la tecnología no esté específicamente mencionada, puede promover la invisibilidad de estas situaciones en este espacio. La no conexión entre las violencias contra las mujeres y las TIC lleva a que no se piense una ruta de atención para abordar estas situaciones que permita articular el trabajo con instituciones, entidades e instrumentos diseñados para denunciar hechos de violencia y que permitan, a su vez, gestionar la formulación de una propuesta de intervención interinstitucional con fundamento en la integralidad para la atención y prevención de violencias dentro del marco de las TIC. En la práctica, la combinación de ambas normativas y aplicación integral no ocurre en la amplia mayoría de los casos.

El informe de Colombia presenta cuatro estudios de caso presentando algunas de las características de la violencia digital contra las mujeres, los daños causados sobre las mismas, la afectación de sus derechos y los diferentes recorridos para encontrar protección y respuesta frente a estas situaciones.

Tres de estos casos hacen referencia a situaciones de violencia ejercidas por sus ex-parejas utilizando las redes sociales para difundir información e imágenes sin el consentimiento de las víctimas, y el uso del teléfono celular como herramienta para el hostigamiento permanente.

En estos tres casos pueden observarse claramente las diferentes estrategias adoptadas según el grado de información y capacidades, de recursos sociales y económicos, que poseían estas mujeres. Una característica en común es que todas recurrieron a instituciones públicas buscando respuestas y protección frente a estas situaciones, pasando por la Fiscalía General de la Nación, la policía e instancias locales de atención, hasta centros educativos. Según los relatos recogidos, se evidencia una sensación de vacío legal y falta de respuesta integral, dando cuenta de la falta de información y sensibilización de los/as funcionarios/as públicos/as y la desarticulación entre cada una de estas instituciones. Solo en uno de estos tres casos la denunciante logró quitar las imágenes intimas que se habían colocado en Facebook, aplicándose de forma integral la Ley de violencia y discriminación existente en Colombia y sentir así la garantía de justicia. Pero cabe destacar que la correcta y rápida aplicación de medidas frente a este caso se dio a través del recurso a influencias familiares que se encontraban involucradas en esta situación.

El cuarto caso hace referencia a las amenazas recibidas por una organización social que trabaja por los derechos de las mujeres y, particularmente, a su directora, por parte de grupos paramilitares. De acuerdo con el gobierno nacional, para el año 2013, las amenazas y ataques contra mujeres y organizaciones que reivindican derechos y/o que ejercen liderazgo, continúan siendo reportadas en espacios de trabajo como la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas (UARIV), la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer (CPEM) y la Unidad Nacional de Protección (UNP), entre otras entidades. Igualmente, hay un incremento de riesgos y amenazas contra mujeres que exigen sus derechos tanto a nivel nacional como local, así como el uso de la violencia sexual en contra de las mujeres lideresas y/o sus hijas.

En este caso, además de recurrir a las instituciones públicas ya mencionadas, también se involucró a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que actuó dictando medidas cautelares hacia el Estado Colombiano y promoviendo la adopción de acciones para garantizar la vida e integridad física de las integrantes de la ONG. Este proceso nunca se logró.

Todas las mujeres protagonistas de estas situaciones han sentido la inseguridad y desprotección, exposición y violación de su intimidad y vivido estados de angustia y ansiedad, entre otros muchos sentimientos. Estas situaciones no sólo afectaron su vida personal sino también su vida profesional, disminuyendo su capacidad productiva y rendimiento, impactando en las formas de relacionarse con los otros y de reaccionar frente a determinadas situaciones.

El informe concluye con un conjunto de recomendaciones dirigidas a distintos actores con el propósito de abordar la violencia contra las mujeres en el ámbito de las TIC. Estas recomendaciones van desde acciones tendientes a mejorar la difusión de las normativas vigentes hacia la población en general y también hacia los/as funcionarios/as que deben implementarla, pasando por la necesidad de mejorar los mecanismos de implementación y complementariedad entre estas normativas, hasta la definición de un nuevo delito cibernético que haga frente a este tipo de violencia.

Para el caso de los intermediarios de internet, se plantea generar rutas o mecanismos para recibir y atender las denuncias sobre violencias digitales contra las mujeres que permitan una mayor celeridad frente a las órdenes de la fiscalía, así como respecto de las solicitudes de las mujeres que buscan eliminar las publicaciones que atentan contra su derecho a la intimidad.

Por último, la denuncia social y la solidaridad gestionada por las mismas mujeres víctimas a través de las redes sociales ha demostrado en algunos casos ser un mecanismo eficaz para eliminar y evitar la circulación de imágenes privadas de las mujeres. Sin embargo, estas acciones dependen en buena medida de la propia iniciativa de las mujeres víctimas quienes muchas veces no están en condiciones de emprenderlas debido al grado de afectación al que se ven sometidas.

Más información sobre la investigación aquí

Esta investigación forma parte del proyecto “Basta de violencia: derechos de las mujeres y seguridad en línea” de APC, financiado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de Holanda (DGIS).

Year of publication

2015

Add new comment

Plain text

  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Allowed HTML tags: <br><p>