Tras 14 años de negociaciones, la Asamblea General de la ONU adoptó en 1998 la Declaración sobre el derecho y la responsabilidad de los individuos, grupos y órganos de la sociedad de promover y proteger los Derechos Humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidas, que hasta la actualidad es el principal instrumento internacional sobre defensores/as de derechos humanos. Este documento reconoce la legitimidad de la actividad de defensa de los derechos humanos y la necesidad de que se proteja esa actividad y a quienes la desarrollan.
Si bien la Declaración no aborda específicamente la situación de alto riesgo de las mujeres defensoras de derechos humanos, establece una amplia definición de defensor/a de derechos humanos, significando cualquiera que trabaje en la promoción y protección de derechos humanos (trabajadores profesionales y no profesionales de los derechos humanos, voluntarios/as, periodistas, abogados/as, y cualquiera que desarrolle aunque sea ocasionalmente, una actividad de derechos humanos).
La Declaración articula los derechos existentes en los principales instrumentos de derechos humanos, tal como el derecho a la libertad de expresión, asociación y asamblea, de una forma que simplifica su aplicación a la situación de los/as defensores/as de derechos humanos.
También determina que tanto actores estatales como no estatales (como ser corporaciones y grupos “fundamentalistas”) tienen el deber de proteger a los/as defensores/as de derechos humanos de cualquier violencia, represalias e intimidaciones como consecuencia de su trabajo en derechos humanos.

Year of publication

1998

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