Participé en dos sesiones sobre privacidad en el Foro de Gobernanza de Internet (Egipto, noviembre de 2009). La primera fue sobre Privacidad, alfabetización y redes sociales y la segunda sobre Protección de la privacidad, apertura y publicidad en línea.


Ambos plantearon puntos y enfoques interesantes sobre el tema de la privacidad en una sociedad en red. En el último FGI, la privacidad ya era un tema pero me pareció evidente que este año su importancia aumentó. Y está muy ligado al área de las redes sociales (con una sesión principal entera dedicada a eso como tema emergente), los negocios y, por supuesto, la gente joven.


Las premisas básicas de la privacidad en línea hoy


Hay una serie de premisas básicas a partir de las cuales surge el debate. Primero, vivimos en un mundo cada vez más en red, con la convergencia de tecnologías, espacios y propósitos. Bastante bien apuntado. Tengo un carnet de identidad biométrica que la ley me obliga a llevar conmigo todo el tiempo, con un número que se puede rastrear y que es necesario para todos los trámites oficiales (y cada vez más para los extraoficiales - ¿es necesario dar el número de identidad para comprar una entrada al cine en línea?), que también me da la opción de usar mi tarjeta de crédito para el pago de peajes y estacionamiento, todos servicios que se contratan a entidades privadas.


Segundo, que la gente joven está más familiarizada y tiene una mayor intimidad con este mundo en red y que, para ella, no se trata de innovación sino simplemente de realidad. Es muy probable.


Tercero, que estos ambientes en red facilitan el acceso, almacenamiento, rastreo y consolidación de una enorme cantidad de datos sobre usuarios y usuarias cuya utilización, almacenamiento y control no se examina ni interroga tanto como se debería. No sé mucho sobre las leyes y las políticas actuales para decir un sí o un no radical pero me atrevo a decir que bastante. Y sí, sin duda, en mi contexto nacional (el borrador actual de la Ley de protección de datos que se debatió durante 10 años está hoy bajo la Ley de secretos oficiales – genial).


Empieza el debate ¿Qué se debe hacer?


Y quizás rastrear un poquito ¿qué daño puede hacer? En una de las sesiones se dio un ejemplo sobre alguien que se estaba formando como maestra y tenía una fotografía publicada en una red social donde se la veía con una tasa de plástico y el titular “pirata del alcohol”. A raíz de eso, no consiguió empleo como profesora porque, sorpresa, cuando pusieron su nombre en google encontraron esa foto y la juzgaron mal. Este último punto es importante, ya que como señaló Wolfgang Kleinwaechter, las normas cambian. Quienes tomen las decisiones en el futuro serán quiénes hayan crecido con plataformas de redes sociales como una realidad. Podrían decidir que “no” tener una imagen de tí alcoholizada cuando tenías 20 años es motivo suficiente para no darte un empleo. Así que no habría que tomar estas lecciones morales al pie de la letra.


Me gustó ese punto. Porque complejiza un presupuesto y lo hace reconociendo que los niños y las niñas tienen agencia y poder – en lugar de considerarlos objetos indefensos que necesitan protección o “educación”.


Wolfgang dijo que los datos personales constituyen la identidad de una persona y que el uso de la identidad propia es responsabilidad de cada individuo. Se trata de una propiedad que posee el individuo y no puede ser poseída por ningún otro cuerpo, aunque esté almacenada o guardada allí. Por lo tanto, es una responsabilidad individual el decidir qué hacer con lo que es propiedad/identidad propia, que no se puede relegar ni delegar a ningún otro cuerpo, como el Estado (a través de la regulación) o una entidad privada (mediante contratos o la implementación de soluciones tecnológicas).


El "yo" en los datos se ha vuelto una parte significativa de quién soy y qué puedo hacer


Es un punto interesante pero yo le daría otro sesgo. Concuerdo en que todas las personas deberían poder controlar sus datos personales. Pero no tanto porque se trata de su propiedad sino porque constituyen su personalidad y su encarnación en la era digital. En otras palabras, la expresión, la representación y la acción que se trasmiten e intercambian en línea también forman parte del “sí mismo”. Cuando escribo, pueblo un espacio de redes sociales con imágenes de mí misma, participo en conversaciones, juego juegos – son todos momentos productivos que construyen un sujeto discursivo sobre quién soy “yo” y quiénes somos “nosotros”, lo que está tan cargado de simbolismo, líneas de poder y normas, como cuando estamos en un encuentro cara a cara. No puedo decir que sean solo palabras o imágenes separadas de mi persona desde el momento de ingreso en la interfase. Del mismo modo, si camino sin mi carnet de identificación biométrica por las calles de Malasia, dejo de ser una “persona” legítima. El “yo” que está representado en esos datos también ha pasado a ser una parte significativa de quién soy, qué puedo hacer y las consecuencias de ello.


Esto es aún más claro en el contexto de la sexualidad y la violencia sexual. El cuerpo sexuado en un contexto en red es también un cuerpo que es al mismo tiempo material, discursivo y digitalizado. Si un/a compañero/a me saca una fotografía en un acto de intimidad sexual y lo coloca en otro espacio sin mi permiso, cambia tanto el contexto como el encuentro productivo. Está violando no sólo mi privacidad sino también mi dignidad e integridad corporal. Esto me hace pensar en los tipos de violencia contra las mujeres que enfrentan enormes obstáculos para su reconocimiento. Por ejemplo, el acecho o incluso actos de abuso emocional o psicológico en situaciones de violencia doméstica. Cuando el cuerpo físico no manifiesta daños físicos pero se registra un impacto duradero en el estado de la persona, en su sentido de la seguridad, la capacidad de moverse libremente sin miedo a una violencia inmediata ¿se puede decir que estos son casos de violación de propiedad e identidad? ¿O actos que violan su condición humana? En otras palabras, el concepto de privacidad está pasando del espacio al cuerpo. 


De modo que si la personificación se distribuye tanto como internet y si la gobernanza se difunde de manera similar, habrá consecuencias tanto para la conceptualización del “problema”, como para la identificación de puntos de intervención en cuanto a quién será responsable de qué y quién tendrá el deber de proteger qué tipo de derechos de qué versiones/partes/personas de la misma persona.


La Declaración de Privacidad de Madrid de la sociedad civil se ha enviado muchas veces como norma global de privacidad para obtener respuestas políticas y legislativas más amplias al tema de la privacidad. El Artículo 9 de la Declaración pide la cesación de tecnologías de la vigilancia que traducen, difuminan y digitalizan al cuerpo como datos. Este fue también uno de los puntos que se plantearon en el primer taller al que fui. El derecho a “borrar” y “olvidar”. Cuando en lugar de admitir y habilitar datos para que sigan proliferando y perpetuándose – y decayendo mucho más lentamente que el cuerpo físico (que es, en sí mismo, un fenómeno muy curioso) existen normas, regulaciones y protocolos técnicos que le permiten a las personas el control sobre la duración temporal de la existencia de los datos. Imagina que cada vez que envías algo, tienes la opción de cliquear “esta información y sus copias sólo existirán durante un día, una semana, un mes, un año”, etc.


Es interesante pero no estoy segura de que funcione. No responde a la inversión de la gente en ideas de inmortalidad y en múltiples personalidades contradictorias tanto en línea como en la vida material y entre medio de ambas. Hay que pensar mucho más a partir de este punto pero como mínimo, la capacidad de ejercer el mayor control posible sobre mis datos personales es el aspecto más básico de cualquier enfoque sobre privacidad. Si no puedo controlar lo que le sucede a mi cuerpo, no tengo “derecho a la privacidad”.


 


Este artículo fue originalmente publicado en inglés el 17 de noviembre de 2009.

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